Número 224
- 2ª Quincena Abril de 2002.
Denegada la solicitud de creación del Colegio de Censores de Aragón
Recientemente, por Orden de 15 de febrero de 2002, el departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Aragón ha desestimado la solicitud de creación del Colegio de Censores Jurados de Cuentas de Aragón.
Una de las razones para ello ha sido, que la creación de tal Colegio lo es por segregación de las Agrupaciones dependientes del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España, en el sentido de que al hacerlo así, está atribuyendo al citado Instituto la naturaleza de colegio profesional, que evidentemente no tiene, ya que como indica el fundamento de Derecho 4º de tal Orden, la sentencia del Tribunal Supremo de 26 de noviembre de 1996 abordó directamente la cuestión llegando a la conclusión inequívoca de que la vinculación orgánica del Instituto a un departamento ministerial, impide que pueda ser calificado como un Colegio Profesional o que se considere sujeto a la regulación propia de los Colegios Profesionales”.