Las soluciones en materia tributaria centraron
la Clausura del Master en Tributación
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Con la conferencia Soluciones convencionales en el ámbito tributario, el Colegio de Economistas de Valencia dio paso a la clausura del Master en Tributación, celebrada el pasado día 5 de julio en la Bolsa de Valencia. José Juan Ferreiro Lapatza, presidente del Consejo para la Defensa del Contribuyente y experto en materia tributaria, deleitó a los presentes con su intervención, en la que abogó por sustituir la imposición y coacción entre Administración y contribuyentes por el acuerdo y el pacto. El decano del Colegio de Economistas, Fernando Mª Zárraga, anfitrión durante la clausura del Master, aludió a éste como una de las actividades más demandadas dentro del COEV, con un prestigio avalado por los más de 600 profesionales que han pasado por sus aulas, así como por los 50 expertos que han conformado el claustro de profesores. Asimismo, se refirió al prestigio de la oferta de estudios hacendísticos impartidos por la Escuela de Economía, de la que el Master en Tributación es su hilo conductor. “Ésto nos estimula, edición tras edición, a superarnos, mejorar y actualizar este Master en Tributación que, aunque maduro en el tiempo, sigue muy fresco en cuanto a contenidos y garantiza su incuestionable continuidad”, aclaró Zárraga. Durante su intervención, José Luis Ballester, uno de los directores del Master en Tributación, también resaltó el gran interés del Master, que desde su puesta en marcha cuenta con más de 3.000 horas lectivas, consolidando posiciones dentro del mundo de la tributación. Entre los cambios producidos a lo largo del tiempo aludió a los experimentados en la tipología del alumnado. Sin embargo, Ballester indicó que las líneas generales, en cuanto a objetivos y filosofía, básicamente no han variado en este tiempo. La calidad de los ponentes, el poder de convocatoria del Colegio de Economistas y el interés del alumnado fueron los tres factores que, según Ballester, han contribuido al éxito del Master. Por su parte, las palabras de Leopoldo Pons, otro de los directores del Master, sirvieron para introducir la conferencia de clausura a cargo de José Juan Ferreiro Lapatza, presidente del Consejo para la Defensa del Contribuyente. A este respecto, Pons resaltó la magistralidad del ponente y el interés de la Escuela de Economía por buscar una persona de referencia que aportará nuevos conocimientos a los alumnos del Master en ese acto. José Juan Ferreiro Lapatza, disertó ante los asistentes sobre las mejores soluciones a la hora de aplicar la normativa fiscal. Seguridad jurídica
y eficacia
Realmente tampoco es infrecuente
lo contrario, es decir que la seguridad jurídica exija en ocasiones
algún sacrificio en el grado de eficacia administrativa. Como ejemplo
cabe señalar que la Ley de Derechos y Garantías de los Contribuyentes,
se cimentó en dicha idea de seguridad por encima de la eficacia;
y donde podríamos destacar entre otros aspectos la exigencia de
una audiencia previa al acta durante un procedimiento inspector.
Propuesta de líneas
de actuación
- Reducir el número de exenciones y beneficios fiscales de todo tipo, reducir el número de regímenes fiscales especiales, reducir la frecuencia de los cambios normativos, así como aquellos que son movidos por motivos de carácter propagandístico-político, que no hacen más que enturbiar la esencia, razón y seguridad que se esconde tras cada una. - Aumentar la seguridad con un especial esfuerzo en la verificación de los hechos que generen obligaciones tributarias, materiales o formales; de manera que se evite en la medida de lo posible cualquier tipo de fraude de ley o abuso del derecho. Ampliar el campo de las estimaciones objetivas o regímenes simplificados de determinación de la base; reforzando de la misma manera aquellos impuestos con relación a unos rendimientos medios o potenciales. Se trata en definitiva de rechazar el simplismo economicista que identifica el óptimo fiscal respecto a la medición exacta y milimétrica de la capacidad económica de cada individuo; es decir, simplificar el sistema fiscal basándolo en impuestos que requieran pocos datos y muy identificados. Aplicación efectiva
La aplicación de la
ley va a implicar la vinculación a ésta del acto jurídico
individual, por lo que existe la probabilidad de que la interpretación
hecha por el contribuyente no coincida al detalle con la que acepte la
Administración en sus tareas de control y ello va a conllevar un
alto grado de litigiosidad.
Las discusiones y los litigios sobre la interpretación de la ley o la percepción de los hechos a los que ésta se aplica no se pueden limitar pero sí reducir. En España, sigue habiendo una fuerte resistencia a resolver extrajudicialmente los conflictos tributarios, lo cual aboca en numerosas ocasiones a la intervención de un Juez o Tribunal. Hay que destacar que en los países de nuestro entorno se va consolidando poco a poco la posibilidad de unos acuerdos entre contribuyente y Administración de manera que facilite una recaudación inmediata; aunque no obstante, en nuestro ordenamiento, la transacción, la mediación, la participación en la aplicación acorde a la ley, la conciliación y el arbitraje se van mostrando cada vez más como vías alternativas válidas en general para todos los ciudadanos y eficaces para la Administración. En definitiva, resalta el ponente, se trata de tender a un horizonte en el que el derecho sea organización del pacto y del acuerdo, y excepcionalmente uso de poder; en el que la vida democrática y su organización jurídica tengan como regla general el acuerdo y la participación, y sólo como regla especial la coacción, la fuerza y la imposición. Y que el interés general de ambas partes no se defienda únicamente con el ejercicio del poder por la Administración, sino por el ejercicio de los poderes que el ordenamiento nos reconoce a todos. Posibles soluciones
- Dentro del procedimiento de comprobación e inspección se debe procurar el acuerdo entre el actuario y el contribuyente sobre la interpretación adecuada de la ley y la percepción de los hechos a tener en cuenta para la liquidación. Aunque si bien añade que en nuestro ordenamiento sería más factible la intervención de un tercero entre el inspector actuario y el contribuyente. Podría tratarse de un miembro de la Oficina Técnica, siendo ésta debidamente potenciada y separada de los órganos de comprobación e investigación. - Si el acuerdo no se alcanzara en vía de gestión debería todavía poder abrirse otra posibilidad quizás más efectiva. Se trata de la posibilidad de una conciliación voluntaria para el contribuyente previa al recurso económico administrativo, y desarrollado ante un miembro del tribunal cuya composición debería variar para incrementar el número de vocales, ponderándose adecuadamente la presencia de juristas, economistas y técnicos en contabilidad; dando entrada en estos tribunales a expertos ajenos a la Administración. El ponente concluyó diciendo que: “se trata en definitiva de buscar medios para el acuerdo, no sólo respecto a la elaboración de las leyes, sino en cuanto a su aplicación; de manera que reduzca en la medida de lo posible el papel de la coacción”. Tras la conferencia, los
responsables del Master procedieron a la entrega de diplomas a los alumnos
del mismo, que este año cumple su XVIII edición y se consolida
como la oferta de más prestigio en materia tributaria dentro de
la Comunidad Valenciana.
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