La principal
diferencia entre auditoría interna y auditoría externa, extriba
en que la auditoría interna se lleva a cabo por personas pertenecientes
a la propia plantilla de la empresa; la auditoría externa tiene
que ser efectuada por personas totalmente independientes de la empresa.
El presente artículo ha sido realizado por Francisco M. Blay Alabarta
y en él se refleja una síntesis de su exposición en
la reunión de la Comisión de Auditoría del Colegio
del pasado 12 de marzo.
Introducción
Al principio la finalidad
de la función auditora era simplemente revisar la situación
económico-financiera de la empresa, buscando posibles fraudes o
errores y asegurando la aplicación correcta de las normas contables.
El auditor interno actuaba
en lo que hemos llegado a conocer como censor de cuentas. Sin embargo,
la mayor dimensión y complejidad de las empresas, llevó a
crear en 1941 en Nueva York el Instituto de Auditores Internos (IIA).
Sus funciones son las siguientes
:
-
formación profesional
de los auditores internos.
-
perfilar y desarrollar la función
de auditoría interna.
-
elaboración de las normas
y reglas que aseguren la correcta práctica de dicha función,
con las debidas garantías de eficacia y ética.
El concepto actual de auditoría
interna se define como una función de dirección cuya finalidad
es analizar y apreciar, con vistas a las eventuales acciones correctivas,
el control interno de las empresas para garantizar la integridad de su
patrimonio, la veracidad de su información y el mantenimiento de
la eficacia de sus sistemas de gestión.
Una definición resumida
sería la del auditor interno como vigilante del cumplimiento del
control interno de la empresa.
Sin embargo, en reunión
de junio de 1999, el IIA aprobó una nueva definición de auditoría
interna: La auditoría interna es una actividad independiente y objetiva
de aseguramiento y consulta, concebida para añadir valor y mejorar
las operaciones de una organización. Ayuda a una organización
a cumplir sus objetivos aportando un enfoque sistemático y disciplinado
para evaluar y mejorar la efectividad de los procesos de gestión
de riesgos, control y dirección.
En esta definición
subyacen las siguientes premisas:
1. La auditoría interna
se definirá por lo bien que sus servicios se han desempeñado,
más que por quién
los desempeña
o cuáles son.
2. Para continuar viable,
la auditoría interna necesita ser percibida como una profesión
que añade valor a las
organizaciones.
3. Los auditores internos
deben adoptar la perspectiva de una cadena de valor completa.
4. La estructura conceptual
de la auditoría interna debe ir más allá de sus procesos
inherentes propios para reflejar la
dirección
de servicios organizacionales.
5. Las normas y otras orientaciones
profesionales no sólo deben guiar a la profesión sino que
también deben
simbolizar
una calidad distintiva para el mercado.
En un sentido fundamental,
el concepto actividad de seguridad y consulta converge en un cambio
paradigmático hacia una orientación más proactiva
centrada o enfocada hacia el cliente. La fuerza de cambios similares
ha reestructurado todas las industrias y parece también destinada
a la profesión de auditoría interna. Si los servicios de
auditoría no satisfacen las necesidades de clientes, simplemente
serán comprados a otros suministradores”.
Diferencias entre auditoría
interna y externa
La auditoría externa
en su definición más tradicional, sería el servicio
público prestado por profesionales cualificados en contabilidad,
consistente en la revisión de los estados financieros de una
empresa, según normas y técnicas específicas, a fin
de expresar su opinión independiente sobre si tales estados presentan
adecuadamente la situación económico-financiera de dicha
empresa en un momento dado, sus resultados y los cambios en ella habidos
durante un período determinado, de acuerdo con los principios contables,
generalmente aceptados.
La auditoría interna
se lleva a cabo por personas pertenecientes a la propia plantilla de la
empresa. La auditoría externa tiene que ser efectuada por personas
totalmente independientes de la empresa.
El objetivo de la auditoría
externa es expresar una opinión sobre los estados financieros de
la empresa auditada, mientras que los objetivos de la auditoría
interna son múltiples y abarcan todo el campo de operaciones y actividades
de la empresa.
La realización de
los trabajos de auditoría externa se desarrollan de acuerdo con
normas y procedimientos internacionalmente homologados que no suelen ser
substancialmente alterados ni modificados y los de auditoría interna
suelen ser más flexibles y menos normativizados.
Función del
auditor interno en relación con el auditor externo. Normativa del
IIA.
Una vez definida la función
del auditor interno y las diferencias entre auditoría externa e
interna, parece necesario pasar a enumerar cuales son los puntos en común
de ambas profesiones, o definir cuales son los puntos de contacto o cruce
entre ellas.
La normativa emanada del
Instituto de Auditores internos, contempla en su punto 550 Auditores
Externos, la relación del auditor interno con el auditor externo
y define los campos de actuación de ambos. Los puntos contemplados
son los siguientes:
I. El trabajo de auditoría
externa e interna debe ser coordinado para asegurar una cobertura adecuada
de auditoría y para minimizar la duplicidad de esfuerzos.
1. El
alcance del trabajo de auditoría interna abarca objetivos y actividades
tanto financieras como operacionales.
Dicho alcance está cubierto por la Norma 300. Por otra parte, el
examen ordinario de los auditores externos
está encaminado a obtener evidencia suficiente que soporte una opinión
sobre la fiabilidad global de los
estados financieros anuales. El alcance de su trabajo está determinado
por sus normas profesionales y ellos
son los responsables de juzgar la adecuación de los procedimientos
aplicados y la evidencia obtenida con el
objetivo de expresar su opinión sobre los estados financieros anuales.
2. La
supervisión del trabajo de los auditores externos, incluida la coordinación
con los auditores internos es
responsabilidad, generalmente, del Consejo. La coordinación de hecho
debe ser responsabilidad del director de
auditoría interna quien requerirá el apoyo del Consejo para
alcanzar una coordinación efectiva del trabajo de
auditoría.
3. Al
coordinar el trabajo de los auditores internos con el de los externos el
director de Auditoría interna debe
asegurar que el trabajo de los auditores internos se realiza de acuerdo
con la Norma 300 y no se duplica el
trabajo de los auditores externos, que deben confiar, a estos efectos,
en la cobertura de la auditoría interna. En
la medida en que las responsabilidades de información, de tipo profesional
u organizativo lo admitan, los
auditores internos deben realizar las revisiones de forma que permitan
una coordinación y eficacia máximas de
la auditoría.
4. La
auditoría interna puede acordar la realización de trabajos
para los auditores externos referidos a su auditoría
anual de los estados financieros. Este trabajo de apoyo a los auditores
externos en el cumplimiento de su
responsabilidad estará de acuerdo con todos los contenidos relevantes
de las Normas para el ejercicio
profesional de la auditoría interna.
5. El
director de auditoría interna debe realizar evaluaciones periódicas
de la coordinación entre los auditores
internos y los auditores externos. Estas evaluaciones pueden incluir
también evaluaciones de la eficiencia y de
la efectividad global de las actividades de auditoría interna y
externa, incluyendo los costes totales de auditoría.
6. En
el ejercicio de su papel de supervisión el Consejo puede solicitar
al director de auditoría interna que evalúe la
actuación de los auditores externos. Estas evaluaciones deben
ser hechas, normalmente, en el contexto del
papel del director de auditoría interna como coordinador de las
actividades de los auditores externos e internos y
sólo se ampliaría a otros temas de su actuación a
petición específica de la alta dirección o del Consejo.
7. Las
evaluaciones de la actuación de los auditores externos deben estar
basadas en información suficiente para
apoyar las conclusiones alcanzadas. Las evaluaciones de la actuación
de los auditores externos con respecto
a la coordinación de las actividades de los auditores internos y
externos deben reflejar los criterios descritos en
la sección 550.02 de las Normas.
8. Las
evaluaciones de la actuación de los auditores externos que se amplíen
a temas además de la coordinación
con los auditores internos, pueden referirse a factores adicionales como:
a. Conocimiento y experiencia profesionales.
b. Conocimiento del sector de la organización.
e. Independencia.
d. Disponibilidad de servicios especializados.
e. Anticipación y comprensión de las necesidades de la organización.
f. Continuidad razonable del personal clave contratado.
g. Mantenimiento de relaciones laborales adecuadas.
h. Cumplimiento de compromisos contractuales.
i. Aportación de valor añadido a la organización.
9. El
director de auditoría interna debe comunicar los resultados de las
evaluaciones de la coordinación entre los
auditores internos y externos a la alta dirección y al Consejo y,
en caso de ser necesario, incluir cualquier
comentario importante sobre la actuación de los auditores externos.
10. Los estándares
profesionales de los auditores externos pueden requerirles que se aseguren
que ciertos temas
se comunican al Consejo. El director de auditoría interna
debe comunicarse con los auditores externos con
respecto a estos temas para tener conocimiento de los asuntos. Entre estos
pueden citarse los siguientes:
a. Debilidades de control importantes.
b. Errores e irregularidades.
c. Actos legales.
d. Criterios de la dirección y estimaciones contables.
e. Ajustes de auditoría importantes.
f. Desacuerdos con la dirección.
g. Dificultades encontradas para realizar la auditoría.
II. La coordinación
de esfuerzos implica:
1. Reuniones periódicas
para discutir asuntos de interés mutuo.
Las actividades de auditoría planificadas para los auditores internos
y externos deben ser discutidas para
asegurar que la cobertura de auditoría está coordinada y
se minimiza la duplicidad de esfuerzos. Se deben
programar las reuniones suficientes durante el proceso de la auditoría
para asegurar la coordinación del trabajo,
la eficiencia y la finalización en tiempo de las actividades de
auditoría, y para determinar si los resultados del
trabajo realizado hasta la fecha requieren que el alcance planificado del
mismo sea modificado.
2. Acceso mutuo
a los programas de auditoría y papeles de trabajo.
El acceso a los programas
y papeles de trabajo de los auditores externos puede ser importante para
que los auditores internos queden satisfechos de la conveniencia de confiar,
para los fines de auditoría interna, en el trabajo de los auditores
externos. Dicho acceso conlleva la responsabilidad para la auditoría
interna de respetar la confidencialidad de aquellos programas y papeles
de trabajo. Igualmente, se debe permitir el acceso de los auditores
externos a los programas y papeles de trabajo de los auditores internos
para que los auditores externos queden satisfechos de la conveniencia de
confiar, para los fines de auditoría externa, en el trabajo de los
auditores internos.
3. Intercambio de
informes de auditoría y de cartas de recomendaciones a la Dirección.
a. Los informes de auditoría interna, las respuestas de la dirección
a los mismos y su seguimiento
posterior por la auditoría interna deben ponerse a disposición
de los auditores externos. Estos informes
les ayudan a determinar y adecuar el alcance del trabajo.
b. Los auditores internos necesitan acceder a las cartas de recomendaciones
a la dirección de los
auditores externos. Los temas tratados ayudan a la auditoría
interna a planificar los futuros trabajos de
auditoría en las áreas más relevantes. Después
de la revisión de dichas cartas y del inicio de cualquier
acción correctiva necesaria por parte de la dirección o del
Consejo, el director de auditoría interna debe
asegurar que se realiza un seguimiento adecuado y se toman las medidas
correctivas.
4. Entendimiento
común de las técnicas, métodos y terminología
de auditoría.
a. El director de auditoría interna debe conocer el alcance del
trabajo planificado por los auditores
externos y debe estar satisfecho conque dicho trabajo, en conexión
con el planificado por la auditoría
interna, satisface los requerimientos de la Norma 300. Esta satisfacción
requiere un entendimiento del
nivel del criterio de importancia relativa utilizado por los auditores
externos en su planificación y de la
naturaleza y extensión de los procedimientos planificados por los
auditores externos.
b. El director de auditoría interna debe asegurar que las técnicas,
métodos y terminología de los auditores
externos son comprendidos suficientemente por los auditores internos y
le permiten: (a) coordinar
el trabajo de los auditores internos y externos, (b) evaluar, para tener
confianza, el trabajo de los
auditores externos y (c) asegurar que los auditores internos que han realizado
trabajos para cumplir los
objetivos de los auditores externos pueden comunicarse de forma eficaz
con éstos.
c. El director de auditoría interna debe proporcionar información
suficiente que permita a los auditores
externos entender las técnicas, métodos y terminología
de los auditores internos, para facilitar la
confianza de aquellos en el trabajo realizado utilizando dichas técnicas,
métodos y terminología.
d. Podría ser más eficiente para los auditores internos
y externos utilizar técnicas, métodos y
terminologías similares para coordinar de forma efectiva sus trabajos
y confiar cada uno en el trabajo del
otro.
Función del
auditor interno en relación con el auditor externo. Normas Técnicas
de Auditoría del ICAC.
Así como en la normativa
que hemos visto con anterioridad, sí que se explicitaba la relación
entre el auditor interno y el auditor externo, en las Normas Técnicas
de Auditoría del ICAC, no existe la definición de tal relación.
Sin embargo, ésta se puede extraer del punto
2.4. Estudio y evaluación
del Control Interno.
2.4.1. Deberá
efectuarse un estudio y evaluación adecuada del control interno
como base fiable para la determinación del alcance, naturaleza y
momento de realización de las pruebas a las que deberán concretarse
los procedimientos de auditoría.Acto seguido, el legislador quiere
distinguir lo siguiente:
2.4.2. A tal efecto es preciso
distinguir entre el estudio destinado a evaluar y mejorar el sistema de
control interno de una entidad, realizado por el auditor en su calidad
de experto y en virtud de mandato específico, del estudio y evaluación
de control interno que se realiza en el contexto de una auditoría.
Posteriormente, después
de analizar temas tales como: control interno contable, alcance del estudio,
revisión del sistema, pruebas de cumplimiento y su naturaleza, período
y extensión, en el apartado Interrelación con otros procedimientos
de auditoría punto 2.4.37 nombra por primera y única
vez al auditor interno: el auditor independiente deberá considerar
los procedimientos llevados a cabo por los auditores internos al determinar
la naturaleza, el momento, y la extensión de sus propias pruebas.
El trabajo de los auditores internos deberá ser considerado como
un complemento, pero nunca como un sustitutivo de las pruebas de los auditores
independientes.
Conclusiones
1. Destacar el nuevo enfoque
de la auditoría interna, rompiendo con el significado del pasado
y dando un mayor énfasis en la consultoría y el asesoramiento.
2. Existen diferencias entre
la función del auditor interno y el auditor externo, pero también
existen puntos de convergencia y cruce de ambas actividades.
3. Estos puntos de convergencia
deben ser:
- Coordinación
entre auditoría interna y externa para establecer la cobertura adecuada
y minimizar la duplicidad de
esfuerzos.
- Reuniones periódicas
para discutir asuntos de interés mutuo.
- Acceso mutuo
a los programas de auditoría y papeles de trabajo.
- Intercambio
de informes de auditoría y de cartas de recomendaciones a la dirección.
- Entendimiento
común de las técnicas, métodos y terminología
de auditoría.
4. El auditor independiente
deberá considerar los procedimientos llevados a cabo por los auditores
internos al determinar la naturaleza, el momento y la extensión
de sus propias pruebas.
Bibliografía:
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