Número 128 - 1ª Quincena Noviembre 1997. 
El Consejo General se opuso al incremento de las 
retenciones a profesionales

La medida sería discriminatoria, complicada y financiaramente injustificada



Tal y como anticipó ECONOMISTES en su número 126, el Consejo General de Colegios de Economistas ha solicitado a la Administración que considere la pretensión de incrementar la retención a los profesionales del 15% al 20%, por estimarla discriminatoria, y por complicar innecesariamente la gestión del impuesto. Esta es la nota de prensa de la que se hicieron eco los periódicos españoles el pasado 14 de octubre.

Ante las noticias aparecidas recientemente en diversos medios de comunicación, según las cuales puede producirse un incremento de retenciones a los profesionales del 15% al 20% del rendimiento íntegro, el Consejo general de Colegios de Economistas de España considera un error la medida, en base a las siguientes consideraciones:

1.- El aumento de las retenciones a los profesionales del 15% al 20% sobre la facturación puede suponer, en el mejor de los casos, un 40% sobre el beneficio y puede llegar incluso al 100% en determinadas situaciones. la medida agravaría todavía más la situación de los profesionales de menores ingresos, en relación con las rentas más elevadas.

2.- Acentúa la discriminación en  contra de las actividades profesionales en relación con las actividades empresariales, no sujetas a retención, y de los profesionales que ejerzan la actividad como personas físicas respecto de quienes la ejerzan a través de una persona jurídica.

3.- Se incrementa también la discriminación en contra de aquellos profesionales que tienen como clientes a personas jurídicas, y por tanto obligadas a retener, frente a aquellos otros que tengan como clientes a particulares, que no tienen dicha obligación.

4.- Se trata de una medida que complica innecesariamente la gestión del Impuesto sobre la Renta, tanto para la Administración, ya que se prevé que muchas declaraciones sean negativas, como para el propio profesional, al tener que solicitar a sus clientes los correspondientes certificados de retención.

5.- Si la medida no está justificada en bse a equiparar la retención de los profesionales con las aplicadas a contribuyentes con otras fuentes de ingresos, como ya hemos explicado, tampoco parece que lo justifique el efecto financiero que puede suponer el anticipo ingresos para la Administración, ya que éstos se verán notablemente reducidos en el momento en que se realice el pago fraccionado trimestral.

Por todo ello, el Consejo General de Colegios de Economistas estima que es en todo caso desacertado el pretendido incremento de las retenciones profesionales.

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