El Colegio de Economistas de Valencia ha decidido apostar por la potenciación de la imagen de marca del economista y a tal efecto está llevando a cabo una serie de acciones estratégicas para alcanzar ese objetivo. Dentro de ellas ocupa un lugar fundamental la elaboración de un código ético que sea respetado y observado por todos los economistas.
Para ello se hacía necesario revisar la actual normativa deontológico
que fue aprobada por la Comisión Permanente del Consejo General
de Economistas el año 1982. El proceso de revisión realizado
por el COEV, difícil y costoso en el tiempo, se ha basado, en primer
lugar, en el análisis de un gran número de códigos
deontológicos de diversas corporaciones profesionales, tanto españolas
como extranjeras; en segundo lugar, se ha tenido presente, como premisa
de partida fundamental, el hecho de que los economistas ejercen su actividad
profesional en tres ámbitos muy diferenciados entre sí: el
ejercicio libre, la Administración y la empresa; y, por último,
se ha contado, para las sucesivas redacciones, con la opinión de
economistas representativos de estos tres sectores de actividad de juristas
y de otros expertos de la organización colegial.
El resultado de este proceso, los Principios Deontológicos de
Actuación Profesional de los Economistas, que fueron aprobados por
la Junta de Gobierno del COEV el pasado 26 de febrero y que deberán
ser ratificados por la Junta General de colegiados el próximo 31
de marzo, se resume en siete principios que tratan de ser fiel reflejo
de los valores tradicionales que han caracterizado al profesional de la
economía y de la empresa, y que han sido formulados con una redacción,
franca y sencilla, al objeto de que no efrezcan duda en cuanto a su interpretación.
En síntesis los Principios, que se han remitido a todos los colegiados
por correo, son los siguientes: el principio de Capacitación, qie
hace referencia a la pericia que debe caracterizar a todo economista en
su ejercicio profesional; el de Integridad, que es una llamada a la honestidad
que debe presidir las relaciones profesional-cliente; el de Independencia
y Objetividad, a la necesaria autonomía profesional; el de Confidencialidad,
al derecho y deber de secreto profesional; el de Diligencia, a la agilidad
y rigor que debe aplicar el economista en su trabajo; el de Lealtad, hacia
los compañeros economistas; y el de Equidad, o derecho a percibir
una retribución justa en sus actuaciones profesionales.
Los Principios Deontologicos definen como marco de actuación el de las relaciones profesionales que mantenga el economista en el ejercicio de su actividad profesional, con los destinatarios de la misma, con otros economistas o con el Colegio, e incorpora otras novedades con resl otras normativas, el dere Tutela Colegial, media cual el COEV se mostrar en aquellas causas o cor donde el economista h podido resultar perjudica la defensa 0 aplicación d' Principios. Al mismo tiempo su inobservancia pode lugar, a instancias de terc la apertura de un expe sancionador que la Juán Gobierno resolverá en el cio de su potestad disciplinaria previa deliberación del órgano responsable de su estudio, la Comisión Deontológica.
L aJunta de Gobierno del COEV ha asumido la formulación de estos Principios Deontológicos de Actuación Profesional de los Economistas con el firme propósito de que constituyan, no sólo una norma de conducta, sino también una distinción de acidad de quienes están legitimados para utilizar la denominación profesional de Economista.