Número 180 - 1ª Quincena Abril de 2000.

Los datos mercantiles de más de millón y medio de empresas, en la Red
La dirección www.registradores.org, creada por el Colegio de Registradores permite acceder a todos los registros mercantiles de España. Ello significa que los usuarios sin moverse de casa, a cualquier hora del día, sin intermediarios y en tiempo real, pueden obtener información mercantil y contable de más de un millón y medio de sociedades. Lo explican, con entusiasmo, en esta entrevista, los registradores Rodolfo Bada y Carlos Orts.

ECONOMISTES: El Registro Mercantil de Valencia ha presentado en las últimas fechas, ante colectivos de empresarios y profesionales, un nuevo servicio de “acceso telemático a la información mercantil a través de Internet”. ¿Querría comentar brevemente la información a la que se tiene acceso y la que no está disponible?
 Rodolfo Bada: Existe una doble vertiente en cuanto a los contenidos; por una parte se encuentra la de carácter jurídico: la denominación, el objeto social, los órganos de representación -administradores, apoderados, etcétera-, el capital social y una relación de las inscripciones desde el inicio hasta la actualidad y, por otra parte, incluye información de carácter económico que puede ser individual o sectorial.
 La información  individual se refiere a las cuentas anuales, el balance,  la cuenta de pérdidas y ganancias, la memoria e, incluso, el informe de gestión y el de los auditores, en aquellas sociedades que tienen obligación de verificar las cuentas anuales.
 La información sectorial es una interesante novedad que hemos desarrollado en el Colegio de Registradores a través de nuestro centro de proceso de datos de estados contables. Así, hemos desarrollado unos estudios (que están en la red) que contienen una serie de elementos que hemos considerado interesantes de las cuentas anuales y que forma parte de una amplia clasificación por sectores realizada en base a tres dígitos de la clasificación nacional de actividades económicas.
 Carlos Orts: La característica esencial de este servicio es que permite la unión, en la red, de todos los registros mercantiles provinciales de España y esto es, nada más y nada menos, la relación de todas las sociedades que existen en España y, dentro de poco, también en Europa .
 EC: ¿Quién puede acceder a esta información y cómo debe solicitarse?
 C. O.: Simplemente, quien disponga de un modem...  Al abrir la página web se dan todas la instrucciones: sólo debe solicitarse. 
 EC: ¿Cuál es el grado de actualización de los datos disponibles y en qué horario se puede acceder a ellos?
 C. O.: Se puede acceder en todo momento, cualquier día de la semana y a cualquier hora. Lo interesante del servicio es que podemos acceder directamente a las bases de datos de cada uno de los registros mercantiles. No hay intermediarios. Ni siquiera la base de datos del Registro Mercantil Central puede compararse a ésta puesto que aquella siempre requiere un traslado de los registros mercantiles provinciales y, por tanto, existe un lapso de tiempo en el que puede no estar actualizada la información.
 EC: ¿Qué coste tiene para el usuario y qué modalidades de pago están previstas?
 C. O.: El coste es mínimo; en principio son 300 pesetas por cada consulta y 250 pesetas por cada una de las cuentas anuales.  El micropago se realiza a través de las tarjetas de crédito (Master Card o Visa) o a través del procedimiento de abono al servicio. Se envía la factura correspondiente cada mes y el usuario puede imprimirse la factura para tener el justificante correspondiente.
 EC: Además de  acceder a cualquier registro mercantil de España ¿se puede acceder también a los registros de la propiedad?
 R. B.: A medio plazo, está prevista la unión de este sistema con el Registro de Titularidades, de modo que no sólo estamos hablando de bienes inmuebles, sino también de bienes muebles registrables. Actualmente, el problema para poner en marcha este proyecto es más bien de índole jurídica. El Registro Mercantil, por imperativo del Código de Comercio, es público, mientras que en el Registro de la Propiedad la publicidad está limitada para aquellos con un interés cierto en conocer o averiguar el estado de los inmuebles. Por lo tanto, hay que encajar el acceso a la Red de estos sistemas de publicidad restringida con un sistema de publicidad total, como es el caso del Registro Mercantil. 
 Una vez en funcionamiento, supondrá dar una eficacia máxima a las transacciones económicas y al tráfico jurídico en general. Es un producto muy interesante, sobre todo para aquellos profesionales que tienen que garantizar la validez de un acto.
 C. O.: En estos momentos se están recuperando las bases de datos del Registro de la Propiedad y, previsiblemente, esta labor terminará a finales de año. Se está consultando a la Agencia de Protección de Datos sobre la posibilidad de realizar una consulta telemática sobre una persona física y de que se hagan públicas las sociedades  de las que es administradora, por si este tipo de consultas afectaran a la intimidad y, de hecho, por lo que sabemos hasta el momento, este organismo podría contestar negativamente.
 EC: ¿Hay datos confidenciales sobre los que haya que guardar alguna cautela o sólo se contienen datos de carácter público?
 C. O.: Con respecto al Registro Mercantil, se han volcado aquellos datos a los que puede acceder cualquier persona. Se ha omitido, por ejemplo, el domicilio, el estado civil e, incluso, la profesión, que es un dato que sí que consta en los historiales registrales de las sociedades.
 EC: ¿Se ofrecen otros servicios aparte de la consulta de datos?
 R. B.: La consulta de datos en sí misma se completa con un servicio que llamamos interactivo y que consiste en que la consulta no sólo sea un hecho puntual en tiempo real, sino también a posteriori, vía correo electrónico, fax o carta. Así, el propio Registro Mercantil puede informar al usuario que se suscriba a un servicio de información continuada sobre cualquier alteración o novedad que se produzca en una entidad registrada y que puede comprender tanto los asientos ya practicados, como los documentos meramente presentados. 
 C. O.: Otra de las posibilidades del acceso telemático es la de llegar a sustituir al Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME). Con motivo de las directivas de la Comunidad Económica Europea se impuso la necesidad de dar una publicidad real a los actos inscritos, de tal manera que, ahora, cada vez que realizamos una inscripción la remitimos en un plazo de tres días hábiles al Registro Mercantil Central. Allí se refunden todos los datos recibidos de todos los registros mercantiles provinciales y se envían a las imprentas del Boletín Oficial del Estado, que publica el anexo que todos conocemos como BORME. 
 Con este nuevo servicio se cumplirían, igualmente, las exigencias de esas directivas de dar una publicidad real a todos los actos inscritos a través de la Red. Además, se facilita enormemente la localización de los actos de las sociedades que se inscriben y se minimiza el coste, frente a la suscripción al BORME. En definitiva, redundaría en beneficio tanto de los empresarios como de los particulares
 EC: ¿Qué carencias tiene el servicio?
 R. B.: De momento, no expone las facultades que tienen los representantes voluntarios o apoderados, una información que, a menudo, es necesaria para saber hasta qué punto un señor representa a una sociedad determinada. Además, en las grandes sociedades, la relación nominal llega hasta 100 apoderados, aunque, en breve plazo, esto se solucionará. Por último, las sociedades que se están constituyendo pero que aún no han sido inscritas no se encuentran en la Red; ese asiento de presentación no aparece, aunque también se subsanará en breve plazo.
 EC: ¿Qué consultas se prevén más frecuentes por parte de los economistas y qué puede serles de mayor utilidad?
 C. O.: Entre otras, cabe citar el depósito de las cuentas anuales o la información sectorial, que puede ser un buen punto de referencia para los economistas interesados en una sociedad, así como la representación social, para saber quién ostenta la titularidad de la entidad.
 EC: ¿Cuál es el siguiente paso?. ¿Qué posibilidades de futuro existen en Internet, con respecto a los servicios ofrecidos por el Registro Mercantil?
 R. B.: Estamos pendientes del desarrollo de la firma electrónica, porque la Dirección General de los Registros y Notariado ha puesto ya las bases jurídicas para que, sin necesidad de adaptar ninguna ley, sea posible presentar cualquier documento electrónico, haciéndose la escritura desde la notaría o legitimando la firma electrónica desde los despachos de abogados, de manera que se realice la inscripción sin necesidad de ningún papel, más que el recibo o justificante. Esto sólo depende de que se desarrolle y sea efectiva la firma electrónica.
 C. O.: Además, están previstos convenios con instituciones registrales de otros países de Europa; en concreto con Francia, Inglaterra y Suiza, a través de sus registros mercantiles centrales. Su sistema no está tan avanzado como el nuestro pero nos facilitaría la posibilidad de conocer los datos de las entidades de estos países desde nuestro propio ordenador.
 EC: ¿Cuándo se podrá realizar cualquier gestión sin personarse en el Registro Mercantil?
 C. O.: Para los servicios esenciales ya es posible la información; la publicidad formal ya está en la Red. La presentación de escrituras también se podrá hacer por correo electrónico. La presentación de los libros de los empresarios también... 
En Navarra está funcionando un aparato de pantalla táctil,  denominado Terminal de Información Registral (TIR), desde el que se puede pedir la información de cualquier registro como se haría desde un ordenador y que se pretende instalar en colegios de abogados, de economistas, procuradores... de manera que si alguien no tiene módem, pueda acceder también a este servicio.
Siempre habrá algunas consultas que convendrá realizar personalmente al registrador o al personal del Registro, pero los trámites y las gestiones más habituales se realizarán desde el propio ordenador.
 

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