Número 180
- 1ª Quincena Abril 2000.
EUROPA Y EE.UU UNIFICAN LAS LEYES SOBRE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN EL COMERCIO ELECTRÓNICO
Las agencias de protección de datos personales de la Unión Europea han exigido a la Comisión Europea que les comunique, antes de firmarlo, el acuerdo que la Unión Europea ha alcanzado con Estados Unidos para la libre transferencia de datos de carácter personal entre ambas zonas económicas.
Hasta la fecha, las autoridades de protección de datos europeas se habían opuesto a un acuerdo definitivo con EEUU por considerar "insatisfactoria la solución ofrecida, en conjunto, por los Estados Unidos. La última opinión en este sentido fue emitida en fecha 3 de diciembre de 1999", señala la Agencia de Protección de Datos española en un comunicado. El problema consiste en que en EEUU no hay las mismas garantías que en Europa sobre la transferencia de datos personales.
Para salvar esas diferencias, y tras dos años de conversaciones, hace unos días los representantes de ambas partes -el Director General de Comercio Interior Europeo, John Mogg y el Subsecretario de Comercio de los EEUU, David Aaron- dieron a conocer el documento, denominado "Puerto Seguro", que ahora las agencias de control de datos europeas quieren supervisar porque "tendrá un importante efecto vinculante" sobre ellas.
Éste es, tan sólo, el principio de un acuerdo en el que todavía quedan muchos aspectos por debatir y unificar. Por parte europea debe ser aprobado por el Colegio de Comisarios y, posteriormente, deberá admitirse por cada uno de los estados miembros de la Comunidad Europea y el Parlamento Europeo. Por parte estadounidense las empresas desempeñan un papel muy importante en este acuerdo, ya que quedará en sus manos el adoptarlo en última instancia. Deberán cumplir las normativas europeas, pero una vez se acojan a este acuerdo cualquier infracción de la norma será remitida a los tribunales estadounidenses competentes.
Cualquier consumidor europeo podrá pedir a empresas norteamericanas un informe sobre los datos que de él tengan estas compañías estadounidenses acogidas al acuerdo, previamente las mismas deberán de registrarse en el ministerio de comercio de los Estados Unidos, siempre que no reporte un gasto excesivo para las empresas.
La próxima reunión está prevista para el 2001, lo que da una idea de la complejidad de los acuerdos y de la cantidad de temas que aún quedan por abordar y definir por ambas partes. El tener protegidos nuestros datos por ley forma parte de la convivencia y de la conciencia europea, por lo menos en la teoría, pero aunque nos parezca extraño en los Estados Unidos esto no es así. Allí cualquier empresa puede vender o intercambiar los datos de sus clientes, solamente se ven regidas por la autorregulación de las propias empresas.
Por su parte, en lo que a la protección de datos se refiere, la Comisión Europea, en su directiva 95/46/CE de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, exige a los Estados miembros que “garanticen la protección de las libertades y los derechos fundamentales de las personas físicas, en particular del derecho a la intimidad, en lo que respecta al tratamiento de los datos personales, con el fin de garantizar la libre circulación de datos personales en la Comunidad."