Número 198 - 1ª Quincena Febrero de 2001.

Norma Técnica de Auditoria sobre Estimaciones Contables
(BOICAC nº42. Resolución 19/06/00)
En el Boletín del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (BOICAC) nº 42 de junio de 2000, se hace pública la Resolución de 19 de junio de 2000, sobre la Norma Técnica de Auditoría sobre Estimaciones Contables. En este artículo se transcribe un resumen del estudio realizado de dicha Norma por Julián Sabater Picot, y que expuso en la reunión de  la Comisión de Auditoría del Colegio celebrada el pasado 15 de enero de 2001.

La presente Norma Técnica sobre estimaciones contables, muy próxima a ser sancionada como definitiva en su observancia y aplicación para el auditor, tiene como fundamento el llegar a establecer el procedimiento de trabajo a seguir, cuando en el transcurso de nuestra revisión nos encontramos con datos económicos recogidos en los estados financieros, cuyo origen se establece en base a estimaciones; a la vez que sirve de orientación para una adecuada práctica profesional. 
Así pues, partimos de lo que la Norma define como estimación contable, siendo ésta la determinación del importe de una partida en ausencia de normas o criterios precisos para calcularla.
De esta forma, resulta fácil advertir que en el transcurso de nuestro trabajo nos encontraremos con una serie de partidas reflejadas en los estados financieros cuyos importes no pueden determinarse de forma exacta, al no existir normas o criterios precisos para ello, por lo que dichos importes deben ser estimados de manera aproximada por los administradores de la sociedad.
A título de ejemplo, tenemos el cálculo de amortizaciones, las provisiones para existencias, las provisiones de saldos a cobrar, las provisiones para litigios, garantías o responsabilidades, los impuestos anticipados y diferidos, y pérdidas en contratos de construcción en marcha.
Advertir que dichas estimaciones se realizan con frecuencia en condiciones de incertidumbre, por tanto, el riesgo en un trabajo de auditoría es mayor cuando en los estados financieros auditados exista un gran número de estimaciones contables.
La presente Norma nace por tanto al objeto de establecer reglas y suministrar criterios al auditor en relación con su trabajo de auditoría de las estimaciones contables contenidas en las Cuentas Anuales a auditar, y es extensible, en su aplicación a todos aquellos trabajos de auditoría sujetos a la Ley de Auditoría de Cuentas.
En última instancia, la incertidumbre asociada con una partida, o la falta de información suficiente, puede imposibilitar la realización de una estimación razonable, en cuyo caso el auditor ha de evaluar si su informe requiere salvedades o incluso una opinión denegada.
En cuanto al grado de responsabilidad sobre la inclusión en los estados financieros de estimaciones, ésta lo sitúa la Norma en los Administradores y la Dirección.
Por lo que respecta al auditor, éste debe obtener evidencia suficiente y adecuada sobre la razonabilidad de las estimaciones contables; por ello el conocimiento de los procedimientos y métodos incluidos en los sistemas contable y de control interno que la dirección emplea en la realización de las estimaciones será de suma relevancia para el auditor en la determinación de la naturaleza, programación y extensión de los procedimientos de auditoría.
Para obtener evidencia suficiente y adecuada, la Norma plantea al auditor la utilización de uno de los siguientes enfoques, o bien la combinación de ellos:

A) Revisión y comprobación del proceso utilizado por la dirección
El presente enfoque se desarrollo en cuatro etapas:
1ª Etapa: Evaluación de los datos y consideración de las hipótesis en que se basan las estimaciones
El auditor deberá tener en cuenta:
a) Si los datos son razonablemente precisos, completos y relevantes.
b) Si los datos se han analizado adecuadamente y han sido proyectados con criterios razonables.
c) Si la entidad tiene una base adecuada.
En la evaluación de las hipótesis, el auditor considerará si éstas son razonables, congruentes y consistentes.
En el caso de procesos complejos de estimaciones que impliquen la aplicación de técnicas especializadas, el auditor puede considerar necesario utilizar el trabajo de un experto.
2ª Etapa: Verificación de los cálculos efectuados en la estimación
3ª Etapa: Comparación de las estimaciones
El auditor comparará las estimaciones hechas para períodos previos con los resultados reales al objeto de:
a) Obtener evidencia sobre la fiabilidad global de los procedimientos de la entidad.
b) Considerar si es necesario introducir modificaciones en los procedimientos de cálculo.
c) Evaluar si las diferencias, han sido cuantificadas y en su caso se han puesto de manifiesto los ajustes adecuados. 
4ª Etapa: Consideración de los procedimientos de aprobación por la dirección
El auditor comprobará que las estimaciones contables significativas se revisan y aprueban por la dirección.

B) Utilización de una estimación independiente
El auditor puede hacer u obtener una estimación independiente, y compararla con la preparada por la dirección.

C) Revisión de hechos posteriores
La revisión de hechos posteriores por parte del auditor puede reducir o, incluso, hacer desaparecer la necesidad de revisar y comprobar el proceso utilizado por la Dirección, o de utilizar estimaciones independientes en la evaluación de la razonabilidad de las establecidas por la Dirección.
Una vez aplicado y desarrollado el enfoque/s seleccionado/s, y con los resultados obtenidos, el auditor evaluará los mismos.
Llevando a cabo una evaluación final de la razonabilidad de las estimaciones. Evaluará si existen hechos o transacciones posteriores que puedan afectar a los datos y a las hipótesis utilizadas. Cuando exista una diferencia, determinará si ésta requiere de un ajuste. Si la diferencia no es razonable, solicitará de la dirección que revise la estimación. Si rehusa hacerlo, considerará la diferencia junto con los restantes errores en el momento de formar la opinión. Evaluará en su conjunto, si las diferencias aceptadas como razonables aparecen sesgadas en una sola dirección, de forma que pueda tener efecto en las cuentas anuales.
 

Julian sabater Picot
Comisión de Auditoría


 
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