Como consecuencia
de las gestiones realizadas por el Consejo General de Colegios de Economistas
de España ante la Dirección General de los Registros y del
Notariado, se ha reconocido a los economistas como expertos independientes
en materias económicas, financieras, administrativas y contables,
en relación con su designación por los Registradores Mercantiles
en dichas materias.
Según considera la
Dirección General, la materia aparece regulada en el artículo
340.1 del Reglamento del Registro Mercantil: “Dentro de los quince días
siguientes al de la fecha del asiento de presentación, el Registrador
designará conforme a las normas que se dicten y, en ausencia de
éstas, a su prudente arbitrio, un experto independiente entre las
personas físicas o jurídicas que pertenezcan a profesión
directamente relacionada con los bienes objeto de valoración o que
se hallen específicamente dedicadas a valoraciones o peritaciones”.
Tras este reconocimiento,
desde el Colegio se va a proceder a elaborar un listado de economistas
que ejercen su actividad libremente, a través de cualquiera de los
epígrafes del IAE relacionados con su profesión, o
bien como socios de una sociedad de profesionales. |